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922 residentes extranjeros están llamados a las urnas en las próximas municipales

Podrán votar los extranjeros procedentes de países que pertenecen a la Unión Europea, así como bolivianos, colombianos, chilenos, ecuatorianos, noruegos, paraguayos, peruanos y neozelandeses.  // CharryTV

Podrán votar los extranjeros procedentes de países que pertenecen a la Unión Europea, así como bolivianos, colombianos, chilenos, ecuatorianos, noruegos, paraguayos, peruanos y neozelandeses. // CharryTV

Se abre el plazo para presentar la solicitud de voto para los extranjeros residentes en Ronda que proceden de países miembros de la Unión Europea y con acuerdos en vigor.

02 Dec 2010 - 20:30 // Charry TV Noticias

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Charlotte Wilmot, Delegada Municipal de Residentes Extranjeros. // CharryTV
Charlotte Wilmot, Delegada Municipal de Residentes Extranjeros. // CharryTV

Nuestra ciudad cuenta actualmente con 1.817 residentes extranjeros empadronados, de los que 922 están llamados a las urnas de cara a los comicios municipales del 22 de mayo. Hoy, la Delegada de Extranjeros Residentes, Charlotte Wilmot, ha informado sobre los requisitos que debe cumplir este grupo de población para ejercer su derecho al voto. Precisamente ayer se abría el plazo para presentar las solicitudes para  los extranjeros residentes en Ronda procedentes países pertenecientes a la Unión Europea y los no comunitarios de países con acuerdos establecidos en vigor, casos de Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú.

Los ciudadanos que deseen participar deberán estar inscritos en el Censo Electoral, previo cumplimiento de estos requisitos:

- Ser mayor de edad y no estar privado del derecho a sufragio activo.

- Estar inscrito en el Padrón Municipal de habitantes.

- Poseer la autorización de residencia en España.

- Haber residido legalmente en España el tiempo exigido por el correspondiente Acuerdo.

- Cumplir los demás requisitos que estén establecidos en el correspondiente Acuerdo.

Los ciudadanos comunitarios podrán inscribirse en el Censo Electoral hasta el 31 de diciembre y los no comunitarios, hasta el 15 de enero de 2.011.

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