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El obispo de Málaga suspende la celebración de cultos en el exterior

Imagen de archivo de un Jueves Santo en el Barrio de Padre Jesús. // CharryTV

Imagen de archivo de un Jueves Santo en el Barrio de Padre Jesús. // CharryTV

Con esta decisión, Jesús Catalá pretende evitar convocatorias que provoquen la concentración y movilidad de grandes grupos y así evitar la propagación del virus

15 Jan 2021 - 18:21 // Charry TV Noticias

María José García

El obispo de Málaga, Jesús Catalá, ha decretado la suspensión de los actos de culto externo, así como de todas las celebraciones que hagan uso de la vía pública, ante el progresivo número de contagios que ha registrado nuestra provincia en los últimos días. Con su decisión Catalá aspira a evitar actos que supongan la concentración y movilidad de grandes grupos; así como la propagación del virus.

“En lo referente a procesiones, estaciones de penitencia y romerías, cada párroco o director espiritual, en colaboración con las asociaciones de fieles, cofradías y hermandades afectadas, organizará la oración o celebración más oportuna para ese momento, de acuerdo a las orientaciones que la Delegación de Hermandades y Cofradías proponga”, señala el decreto en el primero de sus puntos. 

El documento también determina que “cada director espiritual o párroco, en su caso, velará para que los cultos y demás actos de piedad y devoción que se celebren en los templos, capillas u oratorios se realicen con absoluto respeto a la normativa que regule estos actos vigentes en cada momento”.

Quedará en manos de cada Junta de Gobierno de las Cofradías de Pasión afectadas, con la aprobación del párroco o director espiritual de la misma, la posibilidad de que en Semana Santa “puedan acordar o bien permanecer en sus capillas o ser desplazados de forma privada y reservada a su casa hermandad o sede social respectiva, para su veneración, siempre y cuando la normativa vigente lo permita”. Un desplazamiento que, en cualquier caso no podrá realizarse ni en andas ni en tronos de traslado.

El decreto también estipula que las Hermandades y Cofradías tendrán la posibilidad de “convocar y celebrar cabildos ordinarios, extraordinarios y de elecciones, siempre y cuando lo permitan y se respeten todas las normas estatales o autonómicas que regulen estos actos”.

Catalá suspende, asimismo, procesiones y otros actos públicos de la Semana Santa, al tiempo que insta a las asociaciones de fieles a vivir “con especial devoción las celebraciones litúrgicas de la Semana Santa en sus parroquias, especialmente las del Triduo Sacro”. 

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