La Policía Local recuerda las condiciones en las que se permite salir a la vía pública

El cuerpo insiste en que las salidas en el marco del Estado de Alarma, deben limitarse al máximo, y que la reiteración infractora conlleva un delito de desobediencia
La Policía prohíbe compras superfluas o visitas reiteradas a la farmacia.
La Policía prohíbe compras superfluas o visitas reiteradas a la farmacia.

María José García

En aras de evitar nuevas sanciones por el incumplimiento del Real Decreto que impone el confinamiento de la población, la Policía Local ha decidido aclarar en qué situaciones la población puede salir a la vía pública, qué hábitos se prohíben y qué instrucciones deben seguir los ciudadanos para garantizar su seguridad y la de su entorno.

Acerca de la compra de productos de primera necesidad, los agentes advierten de que “las salidas del domicilio se deben limitar al máximo” y que por tanto, “no es necesario salir cada día de casa a realizar la compra”. La Policía recomienda realizar una compra para toda la semana o bien para dos o tres días, “de una sola vez y una sola persona por hogar”.

No se permite salir a realizar compras superfluas, por ejemplo, para adquirir una lata de cerveza, un paquete de patatas, un paquete de chucherías o similar. 

Sobre la visita a las farmacias, el Cuerpo precisa que cada persona “deberá adquirir todos los medicamentos que tenga prescritos en su tarjeta sanitaria de una sola vez, siguiendo las instrucciones del personal de farmacia, quedando totalmente prohibido acudir de forma reiterada a la misma, salvo casos urgentes”.

Queda prohibido, asimismo, que las personas mayores con discapacidad permanente o temporal, o usuarias del servicio a domicilio acudan personalmente a la farmacia, y se emplaza a que otra persona autorizada realice las compras oportunas en su lugar.

En lo que respecta al paseo de perros, la Policía recuerda “el paseo de mascotas se deben limitar, en tiempo y espacio, a un par de veces al día (una por la mañana y otra por la tarde), para la realización de las necesidades fisiológicas, quedando limitada dicha salida, al entorno inmediato del domicilio, circunstancias que serán evaluadas por los agentes de policía”.

Los agentes subrayan además que el desplazamiento a parcelas para alimentar animales o para el mantenimiento de huertos “deberá limitarse a esa única función, una sola persona y como máximo una sola vez al día”. 

Finalmente los agentes informan de que “la reiteración infractora puede ser constitutiva de delito de desobediencia y, por tanto, es susceptible de practicarse la detención por parte de la Policía”.

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